martes, 8 de septiembre de 2015

Funciones de las cooperativas

     Las cooperativas prestan servicios a sus asociados y a la comunidad, sin fines, lucro. Están administradas por un Consejo integrado por sus asociados. Todos sus asociados pueden participar de las reuniones llamadas Asambleas, donde se deciden los actos más importantes de la vida de la Cooperativa.


Objetivos de la cooperativas

     El objeto general de la Cooperativa es la prestación de servicios. Se constituye la Cooperativa para impulsar difundir en nuestro país, en forma directa e indirecta, la lengua internacional Esperanto como idioma auxiliar neutral e instrumento de comunicación entre los pueblos y culturas del mundo, a los fines de promover la paz, la comprensión, la tolerancia, la armonía y el respeto a la identidad cultural de cada pueblo. El objeto particular de la Cooperativa es la producción cultural, tanto la prestación de servicios educativos, como la instrucción, la publicación y comercialización de textos, la organización de eventos, tales como conferencias, entrevistas, recitales, exposiciones, programas radiales y similares, como también la prestación de servicios sociales a la comunidad, en solidaridad con el sistema cooperativista, y en relación con las políticas públicas de beneficio social del estado venezolano, de fundaciones culturales y empresas privadas; y así mismo realizar otras actividades lícitas que generen excedentes para la Cooperativa, y en general, ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios para la consecución de su objeto.



Importancia de las cooperativas

     La importancia de las cooperativas radica, en que a través de la aplicación de un verdadero sistema cooperativista con todas sus reglas, normas, procedimientos y principios establecidos, será indiscutiblemente, una herramienta para el desarrollo económico, social e intelectual.
Es altamente notable el efecto del movimiento cooperativista en países como: Gran Bretaña, Suecia, Alemania, etc. Aquí en República Dominicana el día 27 de febrero del año 1964, fue dictada la ley 121, y publicada dicha ley en la gaceta Oficial Numero 8828, el día 29 de Enero del año 1964; la cual determina y establece las condiciones bajo las cuales se pueden instituir las cooperativas. Y dice su articulo Numero 1: "Son cooperativas las sociedades de personas naturales o jurídicas, sin fines de lucro".

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